¿Qué vehículos están exentos de la medida?
Hay algunas excepciones que permiten la libre circulación No hay necesidad de autorización especial. Los vehículos que no están sujetos al límite incluyen:
- Vehículos de servicios funerarios.
- Autos pertenecientes a los miembros del Municipal y el Departamento.
- Vehículos eléctricos adecuadamente inscritos.
- Transporte público de pasajeros.
- Vehículos oficiales, de emergencia, como las caravanas presidenciales, los bomberos, la Cruz Roja, la protección civil y la recolección de residuos.
- Poder público del auto.
- Proveedores de servicios públicos y mantenimiento de la red.
- Vehículos utilizados por los medios.
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Medidas no respetuosas establecidas en Código Nacional de Tráficoincluyendo un equivalente fino 15 salarios mínimos legales actuales y la inmovilización de vehículos por las autoridades competentes.



