El Centro Nacional Consultivo (CNC), con más de 37 años de experiencia en la medición de la opinión pública en Colombia, expresó una profunda preocupación por la reciente aprobación de la Ley No. 569 de 2025, con sede en el Congreso no. 675 de 2024, que ingresa serias restricciones sobre la realización y distribución de Surah seleccionada.
La entidad advierte que en el entorno en el que se superan las personas influyentes, plataformas digitales como Tiktok, YouTube, Facebook y WhatsApp, esta ley limita la única fuente confiable de información ciega y técnica: encuestas con una tarjeta técnica.
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Según CNC, la propuesta de la ley representa serias ambigüedades, limitaciones excesivas y posibles violaciones de los derechos fundamentales como la libertad de expresión, el derecho a la información y los derechos a la causa, inscritos en los artículos 20 y 40 constitución política. También cuestionó la validez de los procedimientos legislativos, señalando que la ley que regula los derechos fundamentales debe procesarse como una ley legal, que no ocurrió.
Una barrera económica que limita el pluralismo
Uno de los puntos más críticos es el cuarto artículo, que impone márgenes y tamaño de muestreo técnicamente exigentes (al menos 2,135 encuestas en hogares de todo el país), que excluye los medios regionales y los actores sin grandes recursos financieros. Para CNC, esto limitará seriamente a la multitud informativa, una generación de un escenario en el que solo unos pocos pueden realizar estudios de opinión.
Límites de tiempo que intentan contra un debate democrático
El quinto artículo determina que las encuestas de votación solo se pueden llevar a cabo tres meses antes del inicio del período de registro, que, según CNC, afecta seriamente la planificación de la campaña, evita el monitoreo de los candidatos y viola el derecho de los ciudadanos a tomar decisiones basadas en información verdadera y actualizada.
“Las encuestas dan poder a los ciudadanos, cuando son limitados, los políticos están empoderados y la voz de la gente se reduce”, enfatiza la declaración.
Ambigüedad legal que favorece a los políticos tradicionales
Otra preocupación se centra en los criterios para incluir nombres, como “notificación pública significativa” o la participación en las elecciones anteriores. Según CNC, discrimina con nuevas voces, liderazgo emergente y capacidades alternativas, contrarias al principio de igualdad en la participación política.
Amenaza de autonomía, privacidad y libre competencia
CNC también niega que el proyecto tenga como objetivo regular la investigación interna aún inapropiada, lo cual es una interferencia innecesaria con una estrategia de campaña política. Además, una solicitud de entrega de registros primarios y códigos de computadora afecta la privacidad, la protección de datos y la libre competencia entre las compañías de consultoría.
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Control de ciudadanos estatales en municipios remotos
Finalmente, la organización advierte que las restricciones afectan la evaluación de los ciudadanos locales autogobierno y la posibilidad de conocer su efecto, especialmente en más de mil municipios en los que el control institucional es débil. Esta ley, advierte, tiene una opinión pública justo donde se necesita supervisión democrática.
Conclusión
Para el Centro Nacional de Consulta, esta propuesta de la ley es la democracia débil, limita la participación de los ciudadanos, el cuidado de los derechos fundamentales y favorece la concentración del poder informativo. Pídale al Gobierno, el Tribunal Constitucional que insulte estas regulaciones con urgencia, asegurando que cualquier regulación sobre encuestas garantice el pluralismo, la igualdad en la competencia y la voz informada de los ciudadanos.



