Mediante carta dirigida al gobernador competente, Delroy Gordon Fox, el Colegio de Arquitectos e Ingenieros de San Andrés solicitó que se ajuste el pliego de condiciones para la construcción de la pista de hielo para garantizar la pluralidad de postores y el acceso de empresas relacionadas al citado contrato.
En un comunicado de prensa, la Asociación entregó una observación técnica que resultó más bien una observación a las normas legales vigentes que determinan el debido respeto que se debe brindar a la mano de obra tanto especializada como no calificada en las islas y que dicta privilegiar a los profesionales y trabajadores locales que residen legalmente en el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
Entre las normas marco promulgadas por la Asociación se encuentran el Artículo 310 de la Constitución, Ley 47 de 1993, Decreto Legislativo 2762 de 1991, Sentencia C-530 de 1993, entre otras.



