Errores que pueden ser privados de desempleo

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Pero hay dos excepciones: cuando el desempleo puede ser privado de

Aunque la norma protege el desempleo, hay Dos casos específicos en el que la ley permite su embargo pero solo hasta el 50% del total acumulado. Estas excepciones son:

  1. Obligaciones

Si una persona tiene una deuda con una cuota de alimentos, por ejemplo, con sus hijos, padres o cónyuge, el juez puede ordenar un embargo parcial de su desempleo. Esta medida busca proteger los derechos de los usuarios que han priorizado en condiciones legales en relación con otros acreedores.

¿Cuánto puedo quitarme?
Hasta el 50% del valor de su desempleo, según la ley cívica colombiana, los artículos 411 y concordante.

  1. Deudas con cooperativas autorizadas

El segundo escenario tiene que ver con los préstamos adquiridos cooperativas registradas legalmente. Si tiene una larga espera para cualquiera de estas entidades y no ha alcanzado un contrato de pago, la cooperativa puede acudir al juez para solicitar una incautación parcial de su pago de indemnización.

Límite de embargo:
También se determinaron el 50%de las paradas. Eso es, La mitad de su salario de indemnización puede ser retenido Para cubrir el sald de arco iris.

Más noticias: Salarios de embargo en Colombia: estas son entidades que pueden solicitarlo en 2025

Aunque la norma establece la parada, Hay casos excepcionales en los que el juez puede aprobar el embargo total (100%) Desempleo, especialmente cuando las circunstancias o del deudor difíciles aparecen de acuerdo con la orden judicial.

En estos casos, El Fondo Tesantia tiene la obligación de respetar la orden judicialsiempre que esté adecuadamente apoyado y legalizado.

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